El cumplimiento del “Test de Beneficio” es una condición necesaria para la deducción de costos o gastos generados por servicios recibidos de partes vinculadas, tales como servicios intragrupo, para fines de la determinación del Impuesto a la Renta.
Para cumplir con el test de beneficio el contribuyente deberá sustentar los costos y gastos que le asignó el prestador del servicio, el criterio elegido para la asignación de costos y gastos, así como el margen de ganancia aplicado y su justificación.
El plazo para la presentación de la declaración del beneficiario final de las personas jurídicas con ingresos netos de más de 500 UIT hasta 1000 UIT respecto del ejercicio del año anterior, conforme al cálculo que se establece en el artículo 3 de dicha resolución.